CONTABILIDAD


CONTABILIDAD 

Es la ciencia y el arte que nos permite enseñar a coleccionar los documentos de comercio que llegan diariamente a las empresas y los que salen de ellas; y a llevar la información financiera que contienen determinados registros y libros creados para tal fin con el objetivo de ayudar a los ejecutivos al logro de una correcta y acertada administración empresarial.



TIPOS DE CONTABILIDAD
·         Contabilidad financiera: Sistema de información orientado a proporcionar información a terceras personas relacionadas con la empresa, como accionistas, instituciones de crédito, inversionistas, etc. A fin de facilitar sus decisiones.
·         Contabilidad Fiscal: Sistema de información orientado a dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de las organizaciones.
·         Contabilidad Administrativa: Sistema de información al servicio de las necesidades de la administración, destinada a facilitar las funciones de planeación, control y toma de decisiones. Es la rama que con tecnología de punta adecuada permite que la empresa logre un liderazgo en costos o una clara diferenciación que la distinga de otras empresas u organizaciones.

                                           

QUE ES UNA EMPRESA

Una empresa es una unidad económico-social, integrada por elementos humanos, materiales y técnicos, que tiene el objetivo de obtener utilidades a través de su participación en el mercado de bienes y servicios. Para esto, hace uso de los factores productivos (trabajo, tierra y capital).


CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS
Publica:
Son aquellas empresas que están bajo dependencia de gobierno central, y son administradas por la gestión, y sus compontes, y sirven de apoyo a las actividades y de desarrollo de programas gubernamentales, existe un organismo regulador que verifica sus procedimientos que sean a los fines de los mas necesitado, existe regularizaciones para el uso de los fondos que le otorga un organismo llamado presupuesto de la nación.

Privadas:
Son entidades creadas por individuos denominados accionistas, que deciden crear una empresa con fines lucrativos, es decir obtener beneficios de sus negocios. Deben cumplir con regulaciones de código de comercio, deben estar debidamente registrados para obtener su licencia para operar como entidad comercial.

Son independientes, tienen obligaciones tributarias y son fuentes de desarrollo económico, y movilizan la economía con sus propuestas.


PLAN DE CUENTAS
Un plan de cuentas es un listado que presenta las cuentas necesarias para registrar los hechos contables. Se trata de una ordenación sistemática de todas las cuentas que forman parte de un sistema contable.

ACTIVO:
 Es el conjunto de bienes tangibles o intangibles que posee una empresa. Se considera activo a aquellos bienes que tienen una alta probabilidad de generar un beneficio económico a futuro y se pueda gozar de los beneficios económicos que el bien otorga.

PASIVO:
Activos es el conjunto de bienes tangibles o intangibles que posee una empresa. Se considera activo a aquellos bienes que tienen una alta probabilidad de generar un beneficio económico a futuro y se pueda gozar de los beneficios económicos que el bien otorga.

PATRIMONIO:
El patrimonio está formado por un conjunto de bienes , derechos y obligaciones pertenecientes a una empresa, y que constituyen los medios económicos y financieros a través de los cuales ésta puede cumplir con sus fines.

INGRESOS:
Ingreso es un aumento del patrimonio neto correspondiente a una entidad en un período de tiempo determinado.
Los ingresos se pueden diferenciar en ordinarios y extraordinarios, estos últimos, se definirán como ganancias.

GASTOS:
Se denomina gasto a la partida contable (de dinero) que cierta y directamente disminuye el beneficio, o en su defecto, aumenta la perdida de los bolsillos, en el caso que esa partida de dinero haya salido de la cuenta personal de un individuo o bien de una empresa o compañía.

COSTOS:
la contabilidad de costos se relaciona con la información de costos para uso interno de la gerencia y ayuda de manera considerable a la gerencia en la formulación de objetivos y programas de operación en la comparación del desempeño real con el esperado y en la presentación de informes.


                                                   

IMPUESTOS:
Impuesto al valor agregado (IVA).
Impuesto indirecto porque no se grava directamente los ingresos y se paga cada que adquirimos un producto o un servicio gravado


           


RETENCIÓN EN LA FUENTE:
Viene del impuesto de venta. Grava las utilidades tanto de las personas jurídicas como naturales. Para personas jurídicas la tarifa es del 33%. Naturales según tabla.


                               

CONTRATO DE TRABAJO
Un contrato de trabajo es el vínculo que existe entre un empleador y un trabajador, por el cual este último se obliga para con el primero a prestar servicios personales bajo subordinación y dependencia, a cambio de una remuneración.

Para que el contrato de trabajo exista no es necesario que esté escriturado. Es obligación del empleador poner por escrito los términos del contrato convenido.

El trabajador no sólo tiene derecho a percibir la remuneración pactada, sino que también a que le enteren íntegra y oportunamente sus cotizaciones provisionales.

                           

CLASIFICACIÓN DE CONTRATO DEL TRABAJO

Nuestra ley (Art. 25 del código de trabajo) clasifica los contratos de trabajo en:
·         De acuerdo a su duración (por tiempo indefinido, por cierto tiempo o para obras o servicios determinados).
·         Por la forma (verbal y escrita)
·         Por el carácter de la relación de trabajo (individual o colectivo). La ley también refiere a los contratos estacionales o de temporadas que correspondan a trabajos que sólo duran una parte del año (Art. 29 del código de trabajo) y a los trabajadores ocasionales contratados con objeto de intensificar temporalmente la producción ó cuyo empleo corresponde a circunstancias accidentales de la empresa (Art. 32 del código de trabajo).

Es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado. Se contabiliza por el número de horas en las que el empleado desarrollar su actividad laboral, en principio en el día o jornada laboral, si bien, por extensión, también repercute en el cómputo de la semana laboral, mes laborado y el año laboral.

                  

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
El reglamento interno de trabajo es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y los trabajadores en sus relaciones de trabajo

En aquellas disposiciones del reglamento de trabajo que afecten directamente a los trabajadores, como son las escalas de sanciones y faltas y el procedimiento para formular quejas, el empleador debe escuchar a los trabajadores y abrir el escenario propio para hacer efectiva su participación.


                                               
                              

      Horas extras
Hora extra es aquella hora que se trabaja adicional a las 8 horas diarias, que es la jornada máxima legal. Si en un día se trabajan 10 horas, entonces tendremos 2 horas extras, que son la que han superado el límite de las 8 diarias.
Las horas extras tiene un recargo del 25% sobre la hora ordinaria, entendida esta como el valor de las horas incluidas dentro de las 8 diarias.

Recargo nocturno
Hace referencia al recargo que se debe pagar sobre la hora ordinaria, por el hecho de laborar en horas nocturnas. El recargo corresponde al 35% sobre la hora ordinaria.
El recargo nocturno se paga después de las 10 de la noche, y corresponde al solo hecho de trabajar de noche, puesto que las 8 horas diarias se pueden trabajar o bien de día o bien de noche, pero en este último caso se debe pagar un recargo del 35%.

Recargo dominical o festivo
Si un trabajador debe laborar un domingo o un festivo, debe reconocérsele un recargo del 75% sobre la hora ordinaria, por el sólo hecho de trabajar en esos días.
Hasta aquí se han expuesto los casos individuales, pero se puede dar una serie de combinaciones entre los diferentes conceptos.

                                         DEDUCCIONES
Son los gastos que la ley autoriza para ser disminuidos del ingreso que recibe el contribuyente, los cuales deben ser indispensables para llevar a cabo su actividad, dependiendo del régimen fiscal en que se encuentre inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes.
Deducciones: Incluye la aportación del trabajador a las cuotas IMSS cuota obrera, cuota sindical, retención por ISTP, ISR.